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COMUNICACIÓN

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La Plataforma analiza la normativa relativa a la prevención del blanqueo de capitales en las Entidades No Lucrativas

29/10/2018

Con fecha 4 de septiembre de 2018 se publicó la última modificación de la normativa que regula la Prevención del Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo que, entre otros asuntos, recoge un incremento de las sanciones en caso de incumplimiento. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-12131

De acuerdo a la Ley 10/2010, de 28 de abril, las fundaciones y asociaciones son sujetos obligados. De forma específica, en el artículo 39 de esta Ley y en el artículo 42 del Reglamento de la Ley aprobado por el Real Decreto 304/2014 se regulan aspectos concretos que afectan a este tipo de entidades. Se especifica que será el órgano de gobierno o a la Asamblea General en el caso de las asociaciones, o el Protectorado y el Patronato en el caso de las fundaciones, así como el personal con responsabilidad en la gestión quiénes velen porque las entidades no sean utilizadas para blanquear dinero o para fines terroristas.

Adicionalmente, existen obligaciones que se han de cumplir que afectan a todos los sujetos obligados en esta materia, como son los de custodia de la documentación por un período de diez años, la obligación de identificar a las personas físicas y jurídicas cuando se mantengan relaciones de negocio o se realicen transacciones, el requisito de identificar al titular real en determinas circunstancias y la adopción de medidas oportunas para que las personas empleadas a los empleados tengan conocimiento de la normativa, entre otras.

Debido a las exigencias derivadas de esta normativa y a la ambigüedad en la interpretación de muchos requerimientos, se constituyó un Grupo de Trabajo a nivel sectorial, del que la Plataforma de ONG de Acción Social es parte integrante, desde el que se está trabajando en diferentes direcciones y trasladando a la Secretaria General del Tesoro consultas y propuestas aplicables a asociaciones y fundaciones.

Estas líneas de trabajo se centran en dos focos: por un lado, intentar introducir cambios en la normativa para simplificar los requerimientos exigidos a las entidades sin ánimo de lucro y que figuren en una futura modificación del Reglamento. Y, por otro, en la creación y redacción de un manual que ayude a las entidades a aplicar la normativa sin que suponga, para ello, una excesiva carga administrativa y económica.

En los próximos meses tanto desde el Grupo de Trabajo como desde la Plataforma seguiremos trabajando y prestaremos atención a cuantos cambios normativos en materia de Prevención del Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo puedan afectar a las asociaciones y fundaciones.

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