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COMUNICACIÓN

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Se podrá solicitar desde el 15 de junio de 2020

El Gobierno aprueba el Ingreso Mínimo Vital

La medida tiene como objetivos erradicar la pobreza y favorecer la participación en el mercado laboral y la inclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad. El Ejecutivo estima que beneficiará a 850.000 hogares y a 2,3 millones de personas, de las que un millón está en pobreza extrema.

15/06/2020

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se pone en marcha un Ingreso Mínimo Vital, una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.

El umbral de renta garantizada será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trate de una unidad de convivencia, ha precisado el vicepresidente, se incrementará en 139 euros al mes por cada persona, hasta un máximo de 1.015 euros mensuales. Además, las familias monoparentales recibirán un complemento de 100 euros al mes.

La prestación se calcula como la diferencia entre los ingresos mensuales de la persona o unidad de convivencia y la renta garantizada en cada caso.

Lo podrán solicitar la prestación todas las personas que tengan entre 23 y 65 años, o desde los 18 si el solicitante tiene menores a cargo, que lleven, al menos, un año de residencia legal en España. El acceso a la ayuda dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.

Además de los ingresos, se comprobará el patrimonio neto del solicitante, restando sus deudas, y sin tener en cuenta la vivienda habitual. El límite de patrimonio aumenta en función del número de personas de la unidad de convivencia. Es de 16.614 euros para una persona que viva sola y se irá incrementando por cada miembro adicional hasta un máximo de 43.196 euros.

Se podrá solicitar desde el 15 de junio y todas las solicitudes que se cursen desde ese día hasta el 15 de septiembre se cobrarán con efecto retroactivo a 1 de junio.

 

 

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